Son transversales e interdependientes. Funcionan como guía y visión integrada de los fundamentos esenciales y enfoques de actuación para la ejecución de la Política Migratoria, a través del diseño e implementación de acciones, así como de la prestación de servicios y la forma de intervenir de todos los actores bajo el marco normativo vigente en el país. Considera y asume los principios generales de la Política Migratoria regulados en el artículo 115 del Código de Migración, Decreto Número 44- 2016 del Congreso de la República de Guatemala y lo prescrito en los instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Guatemala.
Respeto de los derechos humanos
Obligación primordial de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos de todas las personas migrantes, independientemente de su estatus migratorio, dando cumplimiento a los compromisos internacionales y nacionales asumidos por el Estado de Guatemala en la materia. Reconoce las desventajas que enfrentan algunas personas migrantes, en especial aquellas en situación de vulnerabilidad y la necesidad de que se les brinde atención diferenciada y asistencia para preservar su seguridad, integridad física, bienestar y dignidad. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de reconocer a las personas migrantes como sujetas de derechos en condiciones de igualdad y no discriminación, así como considerar la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos.
Centrado en la persona
Promueve dar prioridad al bienestar de las personas migrantes y de las comunidades en los países de origen, tránsito y destino. En los servicios públicos que involucren a personas migrantes y sus familiares, y en la aplicación de la Política Migratoria en cualquiera de sus aspectos, cuando haya dos o más disposiciones que sean aplicables a un caso o situación concreta o interpretaciones de una misma disposición, se deberá utilizar la que sea más favorable para proteger los derechos de la persona migrante y sus familiares, independientemente de su situación migratoria. Incluye priorizar la seguridad humana de la población migrante, en su dimensión física, alimentaria, salud, jurídica, social, laboral, ambiental, entre otras. Reconoce la responsabilidad del Estado y de las personas migrantes de mitigar riesgos, amenazas y vulnerabilidades.
Igualdad y no discriminación
Trato igualitario sin distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos, cuando se base en el origen étnico o nacional, color de piel, cultura, sexo, identidad y expresión de género, edad, discapacidades, situación familiar, condición migratoria, social, económica, de salud o jurídica, religión, idioma, apariencia física, características genéticas, embarazo, orientación sexual, filiación u opiniones políticas 53 o de otra índole, o cualquier otro motivo. También se entenderá como discriminación la xenofobia, homofobia, transfobia, misoginia, segregación racial, antisemitismo y cualquier forma conexa de intolerancia. Este principio exige la adopción de acciones afirmativas y diferenciadas, fundadas en las diversas circunstancias y necesidades de protección que pudiesen tener las personas, así como la prevención y sanción de toda manifestación de discriminación hacia las personas migrantes en el país.
Equidad
Reconoce que, si bien todos los seres humanos deben ser considerados iguales, hay condiciones sociales que comprometen y generan brechas que ponen en desventaja a ciertos grupos de la población, siendo uno de estos, las personas migrantes. Por estas brechas, se irrespeta el valor de estas personas, sus derechos y se discriminan. Busca generar contextos en que estas brechas sean identificadas y se vayan cerrando mediante acciones positivas, de tal manera que se protejan y garanticen los derechos humanos y se promuevan mejores oportunidades para lograr un adecuado desarrollo humano y la integración social de todas las personas migrantes en las comunidades de acogida.
Interés superior de las niñas, niños y adolescentes
Debe ser considerado de manera primordial para cualquier norma o acción respecto a su atención, asistencia y protección, en lo público y lo privado, tratándose siempre como personas titulares y merecedoras de derechos, preservando su dignidad, vigilando su bienestar físico y emocional, considerando su opinión en todas las acciones logísticas y legales que puedan afectarles en el presente y futuro, con especial atención a las niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados y separados. La determinación del interés superior se da a partir de la condición de sujeto activo de los derechos y las responsabilidades que tiene la persona menor de edad, considerando su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales; así como sus condiciones socioeconómicas y culturales de vida.
Perspectiva de género y enfoque diferenciado
Promueve la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres adultas, niñas y adolescentes reconociendo su independencia, su capacidad de actuar y su liderazgo, para dejar de percibir a las mujeres migrantes casi exclusivamente desde el prisma de la victimización. Considera los riesgos específicos y efectos diferenciados, que enfrentan las mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes de ambos sexos y personas de la diversidad sexual en el contexto de la migración. Insta a que se comprendan y se promuevan acciones de política pública que satisfagan adecuadamente sus necesidades particulares y que se garantice una gobernanza de las migraciones con enfoque de género.
Unidad familiar
Criterio prioritario en toda la gestión migratoria durante los servicios y procesos de atención, documentación, traslado, alojamiento, devolución y retorno de personas migrantes, para garantizar la preservación o la reunificación de las familias. Es un elemento sustantivo para afrontar situaciones adversas en las personas y para la conformación de un sano y productivo tejido social en el país.
Solidaridad internacional
Vincula la unidad e intereses comunes entre seres humanos y la apertura de espacios para la ayuda mutua y la búsqueda del bienestar común con las personas que necesitan auxilio, alojamiento o un nuevo lugar de residencia temporal o permanente, debido a condiciones en su país de origen o de residencia previa que ponen en riesgo su vida, su convivencia o le impiden satisfacer necesidades económicas, sociales y de libertades, por situaciones de emergencias y crisis por cambio climático, desastres naturales, guerras, conflictos sociales, migraciones masivas u otras.
No criminalización
En ningún caso, la condición migratoria irregular de una persona supone por sí misma sea constitutiva de delito, ni el hecho que la persona migrante se encuentre en condición migratoria irregular será presunción de la comisión de ilícitos.
Responsabilidad compartida y coherencia
La migración internacional es una realidad pluridimensional, intrínsecamente transnacional, que no puede ser abordada por un solo actor, sector, ni Estado, para atender integralmente las demandas y necesidades de todas las personas migrantes en el país y de las personas guatemaltecas en el extranjero. Considera indispensable para la gobernanza migratoria, la participación, la articulación y la coordinación interinstitucional entre distintas instancias y niveles de gobierno e intersectorial, con la sociedad civil, la academia y el sector privado, así como de la cooperación con los organismos internacionales y entre los Estados a nivel bilateral, regional y mundial. Procura la coherencia de normativas, políticas y prácticas, en y entre todos los sectores y niveles de gobierno que intervienen en la materia, así como con otros países en lo conducente. Permite incluir el tema migratorio, así como a la población migrante en el país y la diáspora guatemalteca en el diseño e instrumentación de programas, proyectos y acciones de desarrollo local, nacional y entre países. El carácter consensuado, la titularidad colectiva y una aplicación y seguimiento conjuntos entre actores, otorga credibilidad y fuerza a las acciones que se implementen bajo este principio, que incluye el enfoque pangubernamental, pansocial y de cooperación internacional.
Migración segura, ordenada y regular
Reconoce el ejercicio de la soberanía del Estado a regular la migración dentro de su jurisdicción de conformidad con la normatividad nacional y los instrumentos internacionales ratificados por Guatemala, considerando el contexto del país y global, la salvaguarda de los derechos humanos y de la seguridad de las personas migrantes, así como del orden, la seguridad fronteriza, pública, nacional, regional e internacional. El ejercicio de este principio reconoce el aporte de las personas migrantes a la sociedad y busca reducir los efectos adversos de la migración promoviendo cauces para la migración laboral, el intercambio académico y otros, mediante acuerdos bilaterales o multilaterales.
No devolución
Ninguna persona podrá ser rechazada en frontera, expulsada o devuelta al país donde exista razón fundada de que su vida, integridad física o libertad estaría en peligro, por razones de raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o por la existencia de violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. A excepción de las circunstancias expresamente previstas en el artículo 33 (2) de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.
Integralidad
Aborda de manera conjunta y coherente los retos y oportunidades de la migración internacional en Guatemala como país de origen, retorno, tránsito y destino de personas, considerando sus causas estructurales y coyunturales, así como sus consecuencias inmediatas y futuras en la vida de la población migrante, de sus familias y de las sociedades involucradas. Reconoce el ciclo migratorio como una unidad que se inicia con el deseo o necesidad de salir del país y culmina con la integración al país de acogida o retorno. A su vez, contempla las diferentes dimensiones del fenómeno migratorio, como derechos humanos, protección internacional, gestión, seguridad, integración y desarrollo, entre otras. Busca optimizar los beneficios generales de la migración, abordando al mismo tiempo sus desafíos, tanto para las personas como para las comunidades. Además, significa reconocer la incidencia de la migración en la dinámica sociodemográfica, económica, social, cultural y política del país. Asume el enfoque de la corresponsabilidad entre los actores que intervienen en todas las etapas de la migración.
Inclusión e integración social
Fomenta el ejercicio pleno de derechos de la población migrante en un proceso gradual de inclusión, integración o reintegración económica, social, cultural y política, hasta su transformación en agente de desarrollo tanto en la comunidad de acogida como de origen. Entiende la integración en su dimensión más amplia, es decir, como proceso bidireccional de adaptación mutua entre las personas migrantes y las sociedades de acogida donde se incorporan a la vida local. Implica un proceso de responsabilidades conjuntas entre las personas migrantes y las comunidades. Parte de la igualdad de oportunidades para todas las personas, sean parte de la población local asentada o parte de la población nacional o extranjera de arribo reciente. Reconoce la importancia de que todas las personas que habitan un territorio sean tomadas en cuenta para alcanzar objetivos de desarrollo y bienestar. Asimismo, busca crear condiciones para la cohesión social y la resiliencia de las personas migrantes, disminuyendo las brechas que limitan su participación en el país.
Desarrollo sostenible
Reconoce el aporte de la migración al desarrollo de los países, que exige respuestas coherentes e integrales para alcanzar los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, así como la repercusión que este logro tendrá sobre la migración internacional en el futuro. Implica el reconocimiento de la responsabilidad del Estado de generar condiciones para la inclusión, el bienestar y el desarrollo de las personas migrantes en el país y de la diáspora guatemalteca, así como para que puedan contribuir plenamente al desarrollo local y nacional en un contexto de sostenibilidad ambiental, social y económica. Al mismo tiempo reconoce, que las acciones derivadas de la Política Migratoria deben contribuir al desarrollo sustentable de las personas, las comunidades y el país.
Interculturalidad
Reconoce la diversidad cultural, social y lingüística del país, donde conviven y transitan múltiples culturas nacionales y extranjeras con estilos de vida propios. Se orienta a la protección de la identidad nacional y a promover la coexistencia de los diversos pueblos, idiomas, religiones y tradiciones, reconociendo el derecho de todas las personas, sean migrantes o no, a disfrutar de su cultura. Propicia el diálogo entre las diversas expresiones culturales, al mismo nivel y sin establecer relaciones de poder ni desigualdad, asegurando que las diferencias no se conviertan en discriminaciones, sino en una posibilidad de enriquecimiento mutuo, fuentes de saber, de pensamiento y de experiencias para la vida en sociedad.